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lunes, 28 de marzo de 2011

JOSÉ LUIS BARRERA COGOLLOS Y ADOLFO FERNÁNDEZ OUBIÑA, MIS JUECES.

Rafael del Barco Carreras

Si el objeto y causa de www.lagrancorrupcion.com y sus continuación www.lagrancorrupcion.blogspot.com, o “Barcelona, 30 años de corrupción” fue y es entender el porqué de mis dos años, diez meses y veintiún días de preventivo en La Modelo y la condena por encubridor, no puedo por menos que añadir al último nombramiento de uno de mis jueces (que por lo visto deja la Presidencia de la Audiencia de Barcelona) un curioso relato de aquel 1983 sobre Fernández Oubiña, el socio de Juan Piqué Vidal (el hombre del maletín) más los jueces Carlos Lorenzo Penalva y Joaquín García Lavernia, también “grupo Piqué”, los primeros jueces condenados y encarcelados en España…




1. BOE.es: Documento BOE-A-2011-4712 de 15/03/2011
15 Mar 2011 ... Real Decreto 295/2011, de 28 de febrero, por el que se nombra al Magistrado don José Luis Barrera Cogollos, Presidente de la Sección Primera ...



4asangervasio.org
modificado el día 12-09-2006

Estimados compañeros, el relato que ahora inicio es la crónica documentada de un proceso penal que, con gran aparato publicitario, condujo a la cárcel a dos magistrados por primera vez en la historia de España.


Relata las peripecias judiciales que durante cinco años fueron produciéndose en interés de intrigas personales, medios de comunicación, poderes fácticos, cambio político (acceso al poder de PSOE) y un sinfín de circunstancias que desembocaron en una sentencia condenatoria, prácticamente anunciada.

Es la historia real de unos acontecimientos judiciales y extrajudiciales que nunca llegará a conocimiento del ciudadano por ningún otro medio de comunicación.

El anecdotario es que el autor, ex magistrado, relata la parte oculta y oscura de la justicia, el estado y funcionamiento de las cárceles y las dificultades de la reinserción social, según lo por él vivido y sufrido.

Con la lectura, se comprenden realidades judiciales de revelante actualidad, en las que no siempre se da "a cada uno lo suyo" (máxima expresión de la Justicia).


________________________________________
EL CUARTO OSCURO DE LOS JUECES
Capitulo I -Segunda parte
________________________________________

Antes de iniciar la lectura de esta segunda parte, sería conveniente refrescar vuestra memoria repasando la primera. Para ello pinchar sobre este enlace.


Regresé a mi despacho donde me estaba esperando Carlos Lorenzo Penalva (Es el otro Magistrado que resultó también condenado y a la sazón hermano del Interventor Luís Lorenzo Penalva). Me dijo que le habían recibido declaración los Inspectores y comentamos, durante más de dos horas, con indignación y sorpresa, lo que estaba sucediendo. Al fin decidimos llamar telefónicamente al Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Federico Carlos Sainz de Robles, pidiéndole audiencia. Nos la concedió cinco días después del que nos habían recibido declaración.

En la tarde del mismo día 13 de Mayo de 1983 los Inspectores recibieron declaración al Magistrado Adolfo Fernández Oubiña, quien confusamente manifestó que tenía relación con el Capitán Gil (de la Guardia Civil) que, hacía finales de octubre y principio de noviembre de 1982, le dijo que había realizado unas investigaciones, con datos proporcionados por un periodista, sobre los juzgados 2 y 6 de Barcelona, no habiendo comunicado nada de ello a sus jefes. Ante esta situación, aconsejó al Capitán que entregara la información al Presidente de la Audiencia, acompañándole al despacho de éste.

Terminó la declaración con unas preguntas de los Inspectores a Fernández Oubiña relativas a si su mujer había trabajado en el despacho de un abogado llamado Jorge Claret, a las que contestó afirmativamente.

Las hojas contenidas en un sobre eran las que habían motivado la incoación del expediente disciplinario y que me habían sido mostradas a hurtadillas por los Inspectores al recibirme declaración, sin que yo hubiera podido leer su contenido

Esta extraña relación del magistrado Fernández Oubiña son el misterioso Capitán Gil y el comportamiento del magistrado fueron una verdadera incógnita.

Pero ¿cómo se iniciaron las Diligencias Informativas?

En fecha 4 de Mayo de 1983, el Presidente del Consejo General del Poder Judicial dictó un Decreto que literalmente decía:

<>

Los designados en el Decreto fueron José Ignacio Jiménez Hernández, Presidente de la Comisión Disciplinaria y Luís Serrano de Pablo, Jefe del Servicio de Inspección. Y las informaciones sobre las presuntas irregularidades en la nota, extendida en tres folios, confeccionada por el Capitán de la Guardia Civil Carlos Gil.

Ni en los folios de las Diligencias Informativas ni después en el Sumario consta la vía por la que recibió la Presidencia del Consejo las informaciones a que se alude en su Decreto. Lo más probable es que fuera algún periodista el que hiciera llegar tal nota informativa. O quizá el propio Capitán Gil.

Como consecuencia de la comisión encargada en el Decreto José Ignacio Jiménez Hernández elaboró y entregó al Presidente del Consejo un Informe, fechado el día 10 de Mayo de 1983, en el que se relataban las entrevistas mantenidas durante su estancia en Barcelona con el Presidente y Fiscal de la Audiencia Territorial y los miembros de la Guardia Civil.

El Presidente describió a la familia Lorenzo-Penalva, explicó cómo llegó a su poder la nota confeccionada por el Capitán Gil, que entregó a los inspectores y se refirió a mi persona en los siguientes términos literales:

<>.

Respecto al magistrado Adolfo Fernández Oubiña el informe decía literalmente:

<>.

Según el informe, el Presidente de la Audiencia Territorial terminó manifestando textualmente:

<>.

El informe continuaba refiriéndose a la segunda de las entrevistas que tuvo lugar con el Excmo. Sr. Fiscal de la Audiencia Territorial, quien manifestó, en síntesis y literalmente:

<
Manifiesta que en el Sumario 112/82 del Juzgado número 4, que se sigue contra Claudio Gil Gómez y un Letrado, por haber cobrado unas cantidades como consecuencia de una libertad, hay alguna referencia a funcionarios judiciales y a las mujeres de algunos de éstos, pero nada concreto; el mencionado Gil Gómez no es Abogado pero ha montado un despacho donde tiene abogados a sus órdenes e intervienen en toda clase de cosas extrañas, hallándose actualmente en situación de prisión incondicional; al parecer la mujer de Adolfo Fernández Oubiña trabajó en ese despacho. Fue en este sumario y en el que se lleva en el número 14 donde se pidieron informaciones sobre corrupción en la Administración de Justicia, pero el Fiscal manifiesta no haberlo hecho nunca personalmente.

La entrevista con los dos miembros de la Guardia Civil tuvo lugar en el despacho del Presidente y a presencia de éste; en realidad el informante es el Capitán, el que ratifica que fue Fernández Oubiña quien le pidió la nota informativa y que se la hizo con los datos obtenidos de confidentes que, obviamente, no puede señalar, concretando que lo único constatado es la cancelación de la cuenta corriente del Banco de Santander; que la información la hizo personalmente y dado el carácter con que le había sido solicitada por Fernández Oubiña pudo haber desaparecido, pues la tenía él en persona .Que quienes se mueven en esa clase de actuaciones constituye un grupo de trescientas personas en total>>.

La nota informativa confidencial del Servicio de Información de la Guardia Civil aparecía con el membrete <>y contenía explicaciones sobre Carlos Lorenzo Penalva de Vega y sobe mí y una lista de talones cargados en la cuenta corriente número 5199 del Banco de Santander, de la que era titular Luís Lorenzo-Penalva de Vega.

Resulta decisiva la nota confidencias y secreta de la Guardia Civil por su relevante importancia en la incoación de las Diligencias Informativas, Expediente Disciplinario, Sumario, Juicio y Condena, a pesar de que en dichos posteriores trámites se comprobó la falsedad de la mayor parte de la “nota confidencial” y lo estrafalario de algunos de los relatos: La Banda de los Cuatro era una expresión jocosa. Como afirmó el Presidente de la Audiencia Territorial, jamás llegó a sus manos ninguna grabación referente a Fernando Sánchez. Nunca se tuvo noticia de la fotografía chantajista a la que se hace referencia en el informe. Lo de tráfico de divisas y piedras preciosas resultó ser pura invención. Los talones existieron pero no con la finalidad que se insinúa en la nota etc.


Luís Lorenzo Penalva fue interrogado acerca de las cuatro parejas de talones figurados en la nota anónima, librados contra su cuenta corriente número 5199 del Banco de Santander. Manifestó que el hecho de que haya dos talones iguales en cada caso es porque uno era para su hermano y otro para él mismo, como reparto de la herencia de su madre, de la que aún debe a su hermano cinco millones.




Adolfo Fernández Oubiña se ratificó en la declaración que había prestado el DIA 13 anterior en las Diligencias Informativas, matizando que el periodista y la Guardia Civil obtuvieron la información al mismo tiempo y de una misma persona. El Capitán Gil le informó que una persona, a la que no identificó, le había dado un dossier referente a dos Jueces, manifestándole asimismo que, a la vez, entregaba una copia del mismo dossier a un periodista. Por consiguiente no encargó, como no podía encargar, investigación alguna sobre el tema a dicho Capitán.

Resulta curioso el cambio que Fernández Oubiña efectúa con relación a su declaración en las Diligencias Informativas, efectuada sólo diecisiete días antes. En aquella ocasión manifestó que el Capitán Gil le había dicho que la nota le había sido suministrada por un periodista y en la posterior declaración que el Capitán Gil le dijo que la nota llegó a su poder de manos de una persona no identificada, la que a su vez entregó una copia a un periodista.

Estas contradicciones hacen sospechar que la nota anónima fue groseramente confeccionada por el Capitán Gil por encargo de Fernández Oubiña, quienes, probablemente , la hicieron llegar a un periodista y éste al Consejo General del Poder Judicial.

Antes de regresar a Madrid el Instructor Garralda solicitó información a la Agencia Urbana número 7 del Banco de Santander sobre los ocho talones que en la nota informativa figuraban cargados en la cuenta 5199 de Luís Lorenzo Penalva.

Contestó dicha Agencia certificando que según consta en sus libros figura la cuenta corriente número 5.199 a nombre de Luís Lorenzo Penalva de Vega y Joaquin Carlos Vidal Rius y en la misma se adeudaron los talones referidos en la nota de la Guardia Civil.

El Instructor Garralda y su Secretario practicaron un exhaustivo examen de los expedientes de suspensiones de pagos de mi Juzgado, encontrándolos absolutamente correctos. Mientras se practicaba tal inspección- el día 3 de Junio de 1983- la Sala 2ª del Tribunal Supremo le comunicó la admisión de la querella interpuesta por el Fiscal General para la persecución de los hechos objeto del expediente. Quedó extrañado Garralda y su Secretario que se hubiera procedido a presentar querella sin esperar a la terminación del expediente que tramitaba, pero ante el hecho consumado se inhibió de su prosecución y remitió a la Sala 2ª testimonio de lo actuado.

A diferencia de los Inspectores encargados de las Diligencias Informativas, que tuvieron una actuación mas policíaca que jurídica, Garralda y su Secretario, se comportaron con ecuanimidad y objetividad en el desempeño de su función.


________________________________________Continuará



________________________________________Anexos al Capítulo I
________________________________________

ANEXO 1: Declaración del magistrado Adolfo Fernández Oubiña

«Que tiene relación con el Capitán Gil, que es Jefe de Análisis de los Grupos Operatorios de la Guardia Civil, el cual le ha mostrado siempre el mayor afecto y deferencia.

En función de esta relación respetuosa recibió en una ocasión al Capitán Gil hacia finales de octubre y principios de noviembre de 1982, quien le manifestó que tenia conoci¬miento de una situación de corrupción en la Administración de Justicia relacionada con los Juzgados de 1ª instancia números 2 y 6 de esta Capital, conocimiento que le había sido facilitado por un periodista. Diciéndome en ese momento que los datos los tenia muy avanzados pero que tratándose de magistrados no se atrevía a seguir con las investigaciones, toda vez que ni siquiera se 10 había comunicado a sus Jefes y se encontraba desamparado, pidiéndome entonces si podía entregárselos a el para que los hiciera !legar al Ministro de Justicia. Le advertí que ya no dependíamos del Ministerio y que su obligación era dárselos al Presidente de la Audiencia Terri¬torial. Al día siguiente me trajo un sobre grande a su atención que abrió delante de el; al recibirlo, era la ultima hora de la mañana y se dirigió inmediatamente al despacho del Presidente y al advertirle el portero que estaba enfermo se lo entrego al Presidente de la Audiencia Provincial, sin decirle de que se trataba pero advirtiéndole que era un asunto muy feo. Lo leyó delante de el, y lo guardó en el cajón de su mesa y le dijo que al día siguiente se lo entregarla al Presidente de la Territorial. Desde ese momento no supo mas de ese asunto hasta el día 6 de mayo corriente en el que le llamo el Presidente para decirle si el sabia de unos papeles que había entregado la Guardia Civil y a que se referían. Le explique que debía referirse a esto y delante de el llamo al Capitán de la Guardia Civil para que trajera una copia, cosa que hizo inmediatamente esperando el declarante al Capitán en la puerta del Presidente y pese que el sobre venia otra vez abierto le dije que si quería entregarlo lo hiciera el personalmente al Presidente, lo que así hizo. Al si¬guiente día hábil volvi6 a ser llamado a la Presidencia para que se cuidara de llevar a presencia del Presidente a un Comandante y a un Capitán de la Guardia Civil que se retrasaban.
Que las hojas que vio el declarante la primera vez eran unas hojas mecanografiadas y las había hecho el Capitán Gil sobre la base de los datos orales que le había facilitado un periodista.»


ANEXO 2: Informe del Inspector del Consejo General del Poder Judicial, José Ignacio Jiménez Hernández:

Excmo. Sr.: En el día de ayer y dando cumplimiento al Decreto firmado por V.E. nos trasladamos a la Ciudad de Barcelona el Jefe del Servicio de Inspección y el que suscribe, manteniendo durante nuestra estancia en ella las siguientes entrevistas:

La primera fue con el Excmo. Sr. Presidente de la Audien¬cia Territorial que se extendió sobre los siguientes extremos:
a) Describió la familia Lorenzo-Penalva, concretando que el padre, Don Luís, natural de Orihuela (Alicante) perteneció a la Carrera Judicial, habiendo tenido con una señora de Monovar, dos hijos, Luís, dedicado al ejercicio profesional de la Abogacía y Carlos, nacido en Alberique, provincia de Valencia el 22 de noviembre de 1930, que ingres6 en la Carrera Judicial en el ano 1956; el padre estuvo destinado durante muchos anos en Barcelona, donde ocup6la Presiden¬cia de la Audiencia Provincial y, posteriormente, la de una de las Salas de 10 Civil. EI despacho del hijo mayor, Luís, no era propiamente un despacho profesional sino una mezcla de ello y de agencia administrativa, dedicándose de modo tras¬cendente a actuar como Interventor en suspensiones de pa¬gos. En cuanto al hijo segundo, Carlos, tuvo varios destinos en la Carrera Judicial, concediéndosele la excedencia volun¬taria el 18 de marzo de 1976; años os mas tarde (e123 de mayo de 1980) obtuvo el reingreso y fue destinado a un Juzgado de 10 Penal de Barcelona, pero meses después solicito el traslado a uno de 10 Civil y pese a que el Presidente de la Audiencia Territorial trato de disuadirle, alegando la existen¬cia de una incompatibilidad moral con su hermano, dadas las actividades de este y la necesidad de guardar las apariencias, no lo consiguió y finalmente solicito el traslado y fue desig¬nado titular del Juzgado numero seis, donde actualmente se encuentra
b) Como consecuencia del traslado indicado el Presidente solicito de los Juzgados de 1ª Instancia, en 27 de mayo de 1981, y sin que ello estuviera motivado en hecho concreto alguno, certificaciones acreditativas de las suspensiones de pagos y quiebras que tramitaban, con indicación de quienes eran los Interventores Peritos Mercantiles y Comisarios y Depositarios. La idea del Presidente, según indica, era llamar la atención con este control y evitar la posibilidad de desig¬naciones a favor del hermano en el propio Juzgado y aunque las apariencias se cubrieron en los nuevos nombramientos, designando para esos cargos a personas afectas al despacho del hermano, no consta la remoción de este en algunos casos en los que se hallaba ya nombrado.
c) Hacia finales de noviembre de 1982 el Presidente sufre una indisposición que no le permite asistir a su despacho y cuando se reintegra a él el Presidente de la Audiencia Pro¬vincial, limo. Sr. Don Alfonso Hernández Pardo, le entrega unas hojas conteniendo una información confidencial del Servicio de Informaci6n de la Guardia Civil, relacionada con las actividades de los titulares de los Juzgados de Primera Instancia números dos y seis de Barcelona, limos. Sr. Don Joaquín García Lavernia y Don Carlos Lorenzo Penalva de Vega; el Presidente manifiesta que los leyó y al indagársele sobre 10 que hizo y donde los tiene y si pidi6 aclaraciones al Presidente de la Audiencia Provincial, manifiesta, en cuan¬to a esto ultimo, que no, que no tuvo conversación alguna sobre el contenido y el origen de esas notas; al ponérsele de relieve lo extraño de su conducta, ya que lo lógico era indagar la procedencia de las notas y como se habían producido, manifiesta que en aquel momento no 10 hizo y que solo pos¬teriormente, la semana pasada, ha venido en conocimien¬to de que las notas llegaron a poder de Don Alfonso Hernández Pardo porque se las entrego Don Adolfo Fernández Oubiña, Magistrado de la Sección Primera de la Audiencia Provincial y que a este se las había proporcionado un Capitán del Servicio de Información de la Guardia Civil, cuyo nombre no puede dar en este acto, pero que se podrá saber esta misma mañana, ya que va a venir a traer una copia de las notas, pues el ejemplar original lo ha buscado con todo cuidado y no lo ha encontrado y es que cree, según manifiesta, que para evitar pudiera caer en manos de persona inadecua¬da en el futuro (hablo de su próxima jubilación y aun de un posible fallecimiento) cree que lo rompió; al insistirle sobre este extrema se encierra en la creencia señalada; en cuanto a 10 que hizo con las citadas notas, recuerda que las dio a conocer al Juez Decano de los de Barcelona, Ilmo. Sr. Don Javier Ferrer Mora y le entrego un ejemplar de la comunicación de 10 de diciembre de 1982, sugiriéndole reuniera una Junta de Jueces para tratar del asunto que en dicha comunicación se indica. Preguntado si trato de este asunto con el Excmo. Sr. Fiscal de la Audiencia manifiesta que no, que nunca ha tenido conversación alguna al respecto e ignora si conoce la existencia de la información confidencial. En cuan¬to a tomar medidas y dar cuenta al Consejo termina por manifestar que se hallo impotente dada la poca consistencia de los datos y la dificultad de probarlos.
d) En cuanto a Don Joaquín García Lavernia manifiesta que cree que esta separado de hecho y lleva una vida poco mo¬derada, habiéndose metido, según ha oído, en un negocio de cabaret en sociedad con otro, que se instal6 en la calle de Les Corts; parece ser que las cosas no le han ido bien y ello le hace ir muy alcanzado. También coment6 de que corría el rumor de
e) que le estaban haciendo chantaje, pues existía, al parecer, una fotografía de García Lavernia con un travestí.
f) En cuanto a Adolfo Fernández Oubiña, que ha sido hasta hace poco Juez de Instrucción numero 1 de Barcelona, habiendo pasado recientemente como Magistrado a la Sección Primera de la Audiencia Provincial, 10 describe como persona muy trabajadora, pero agrio y propenso al exabrup¬to; tiene grandes aficiones policíacas y ello le ha llevado a tener relaciones de intimidad con los Servicios de Información y muy concretamente con el de la Guardia Civil, siendo muy amigo del Capitán mencionado».
g) El Presidente entrega una fotocopia de la copia traída por el Capitán y manifiesta que es idéntica a la recibida a finales de noviembre de 1982.
h) En cuanto al origen de la información el Presidente informa que por lo que le dijo el Capitán el otro día, parece ser que hubo un periodista que le fue ayer, pero en la mañana de .hoy señala que a la vista de la situación creada en los Sumarios que se siguen en los Juzgados cuatro y catorce, se había solicitado por la Fiscalía una información sobre po¬sible corrupción en la Administración de Justicia y que en¬tonces Fernández Oubiña había pedido se le facilitaran unas notas sobre ello».
La segunda de las entrevistas tiene lugar con el Excmo. Sr. Fiscal de la Audiencia Territorial, el cual manifiesta no saber nada de la información confidencial y confirma no haber hablado nunca de ello con el Presidente. Manifiesta que existen muchos rumores sobre situaciones extrañas en las suspensiones de pagos y señala los Juzgados de Carlos Lorenzo Penalva y de Julián Salgado, así como el número 1 de Hospitalet de LLobregat.

Manifiesta que en el Sumario 112/82 del Juzgado numero 4, que se sigue contra Claudio Gil Gómez y un Letrado, par haber cobrado unas cantidades como consecuencia de una libertad, hay alguna referencia a funcionarios judiciales y a las mujeres de algunos de estos, pero nada concreto; el mencionado Gil Gómez no es Abogado pero ha montado un despacho donde tiene abogados a sus ordenes e intervienen en toda clase de cosas extrañas, hallándose actualmente en situación de prisión incondicional; al parecer la mujer de Adolfo Fernández Oubiña trabajó en ese despacho. Fue en este Sumario y en el que se lleva en el número 14 donde se pidieron informaciones sobre corrupción en la Administración de Justicia, pero el Fiscal manifiesta no haberlo hecho nunca personalmente.
La entrevista con los dos miembros de la Guardia Civil tuvo lugar en el despacho del Presidente y a presencia de este; en realidad el informante es el Capitán, el que ratifica que fue Fernández Oubiña quien le pidió la nota informativa y que se la hizo con los datos obtenidos de confidentes que, obviamente, no puede señalar, concretando que lo único cons¬tatado es la cancelación de la cuenta corriente del Banco de Santander; que la información la hizo personalmente y dado el carácter con que le había sido solicitada por Fernández Oubiña pudo haber desaparecido, pues la tenía el en persona. Que quienes se mueven en esa clase de actuaciones constituye un grupo de trescientas personas en total».
Esto es cuanto resulta de las entrevistas mantenidas en el día de ayer, durante nuestra estancia en la Ciudad de Bar¬celona, habiéndole solicitado al Presidente extienda un Infor¬me sobre toda su intervención en el asunto.

Madrid 10 de mayo de 1983

La nota informativa confidencial del Servicio de Información de la Guardia Civil decía, literalmente lo siguiente: SECRETO

CARLOS LORENZO PENALVA DE VEGA.- Hace unos 6 años fue Magistrado en Palma de Mallorca, cargo del que fue destituido par amenazas que formuló a sus compañeros a través de anónimos

Al quedar sin su puesto de trabajo, pasó a trabajar en el despacho de su hermano Luís Lorenzo Penalva de Vega, en la Cl. Pau Claris, 159, pral., 2ª, donde desempeñaba funcio¬nes simbólicas y de imagen, que aun estando desprestigiado en ocasiones podía influir en otros jueces para el nombra¬miento de su hermano como Interventor, comisario, perito, etc.. En el citado despacho conoció a Gloria Viñals Gabanach

Por este puesto de trabajo, Carlos L. Penalva, percibe un porcentaje de los ingresos del despacho.

Transcurridos 2 años y medio solicito el reingreso en la Magistratura.

A los pocos meses ingresa en el Juzgado de Instrucción de Barcelona, luego pasa al Juzgado número 6 de Primera instancia también de Barcelona. Una vez ingresado nuevamente en el Juzgado, sigue percibiendo un porcentaje del despacho de su hermano a cambio de que se designe a Luis Lorenzo Penalva en los cargos de Interventor, etc., en las suspensiones de mayor importancia, así como a Gloria Viñals. Esto lo hace también en otro Juzgado de su influencia. EL CASO MAS NOTORIO DE CORRUPCION LO CONSTITUYE EL NOMBRAMIENTO EN EL PROPIO JUZGADO NUMERO 6.
JOAQUIN GARCIA LAVERNIA.-Magistrado del Juzgado numero 2. En este Juzgado existe un grupo formado por el propio Juez y por Pedro Trullas, amigo de este, quien le organiza orgías. Fernando Sánchez, hombre de paja que da la cara en las suspensiones de pago como Interventor, en el Juzgado 2 y especialmente en el 11. Antonio Capmany, perito para la valoración de activos en las suspensiones en las que actúa como Interventor Fernando Sánchez. A este grupo de personajes se le denomina «LA BANDA DE LOS CUATRO».
Este grupo actúa coactivamente en los asuntos del Juzga¬do número 2, exigiendo fuertes sumas de dinero a cambio de favores que dependen en último caso de García Lavernia. Recientemente un Abogado grabó una conversación en la que
Fernando Sánchez pedía 3.000.000 pesetas a cambio de un dictamen de insolvencia provisional en una suspensión. Esta grabación llego a manos del Presidente de la Audiencia, 10 que motivó el cese de Fernando Sánchez como Interventor. Esta acción fue interpretada como algo individual de Fernan¬do Sánchez, evitando el escándalo a García Lavernia. Al desarticularse el grupo del Juzgado 2, se estableció un pacto entre Carlos L. Penalva y García Lavernia. A partir de abril de este año tanto el del 2 como el del 6, reciben una participación de los ingresos del despacho de Luís L. Penalva equivalente al 24 % cada uno de ellos, lo que se materializa con un talón al final de mes. A cambio de esta retribución el Juzgado 6 nombra Interventor en las suspensiones de mayor interés a Gloria Viñals, Juan Magri y Fernando Guillen (co¬laboradores del despacho de LL. Penalva); el juzgado número 2, además de los colaboradores ya citados, nombra interventor a L.L. Penalva. « En la suspensión de Victor Sagi, fueron nom¬brados interventores L.L. Penalva y J. Magri». En los tres últimos meses tanto el del 2 como el del 6 han cobrado de Luis L. Penalva acerca de unos 3.000.000'- cada uno de ellos.

Parece ser que hay una fotografía que ha llegado por dos vías distintas que compromete a García Lavernia y le está haciendo chantaje.

Carlos Lorenzo Penalva se lucró en las elecciones del 79 por intereses económicos. Tiene o ha tenido carné de U.C.D.

Hay muy mal ambiente entre los interventores, que quieren presentar una queja.

Tanto el del 2 como el del 6 tienen relaciones desde hace varios años con Carmen López Sacristán, implicada en un asunto de «alta prostitución» hace unos 4 años. Esta señora es su enlace para tráfico de divisas y piedras preciosas, así como de alcahueta para sus asuntos personales. Penalva y Gloria usan el apartamento propiedad de la Madame sito en la calle Barón de la Barre 38.

Los talones que han recibido de Luís Lorenzo Penalva de su cuenta corriente en Banco de Santander, Agencia 7 (Layetana), número 5199, son los que se detallan a continuación. Se ha sabido que tanto LL. Penalva como CL. Penalva al enterarse que se estaban haciendo averiguaciones sobre sus cuentas, las han cancelado, ignorándose como se efectúan ahora los pagos.

4/5/82 Liquidación correspondiente a Abril 82.¬
Talón LB00938106......................... 1.715.628.-Ptas.
Talón LB00938107......................... 1.715.628.-Ptas.

28/5/82 Liquidación correspondiente a Mayo 82.¬
Talon LB00938128............................ 873.497 Ptas.
Talon LB00938129............................ 873.497 Ptas.

30/6/82 Liquidación correspondiente a Junio 82.¬
Talón LB00939909........................... 621.819.- Ptas.
Talón LB00939910........................... 621.819.- Ptas.

28/7/82 Liquidación correspondiente a Julio 82.¬
Talon LB00939940........................ 1.477.740.- Ptas.
Talon LB00939941........................ 1.477.740.- Ptas.

Los datos expuestos son altamente significativos si se considera que un elevadísimo porcentaje de los ingresos del despacho de Lorenzo-Penalva procede de expedientes concursales de los Juzgados 2 y 6 (Joaquín García Lavernia y Carlos Lorenzo-Penalva de Vega respectivamente), según es de ver en la siguiente relación:

A continuación se relacionan seis suspensiones de pagos del Juzgado 2 y doce del Juzgado 6 correspondientes a los años 1981 y 1982, en las que aparecen como Interventores Judiciales Juan Magri Barrera, Gloria Vinals Gabañach, Fernando Griñon Bou y Luís Lorenzo-Penalva de Vega.

Termina esta nota informativa «secreta» con la nota

DESTINATARIOS: Solo ese Servicio. Y un membrete con la leyenda «ZONA DE LA GUARDIA CIVIL SIGC».

NOTA: Se ha trascrito la nota en su absoluta literalidad, faltas ortográficas y sintácticas incluidas.


ANEXO 3.

Articulo 247 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de 15 de septiembre de 1870:
«Cuando el Tribunal Supremo por razón de los pleitos o causas de que conozca, o de la inspección y vigilancia que sobre sus inferiores ejerza, o por cualquier otro medio tuviere noticia de algún acto de Jueces 0 Magistrados que pueda calificarse de delito, mandara formal' causa para su averiguación y comprobación, oyendo previamente al Ministerio Fiscal».

NOTA : La Ley Orgánica de 1870, vigente en las Fechas en que se cometieron los hechos, fue derogada por la actual Ley Orgánica del Poder Judicial de 1 de Julio de 1985 que, en su articulo 407, contiene una normativa similar a la entrecomillada.

Hasta la Ley Orgánica 7/1988, de 28 de diciembre la instrucción, enjuiciamiento y Fallo de las causas contra los Jueces y Magistrados por delitos cometidos en el ejercicio de sus Junciones correspondía a la Sala Segunda del Tribunal Supremo, sin posibilidad de recurso contra /a sen¬tencia dictada por dicha Sala. De ahí que nuestra causa no tuviera posibilidad de una segunda instancia, vulnerándose, con ello, el artículo 14 punto 7 del Pacto internacional de Derechos Civiles y Políticos de Nueva York, ratificados por el Estado Español, que exige una segunda instancia.

A partir de la expresada Ley Orgánica de 1988 estas causas son enjuiciadas por la Sala Civil Penal de los Tribunales Superiores de Justicia. procediendo el recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo contra las sentencias que se dicten. Con ello se ha corregido la falta de una segunda instancia.

Sin embargo el incumplimiento del Pacto mencionado subsiste aun respecto al enjuiciamiento de causas contra determinadas personas (Pre¬sidente del Gobierno, Ministros, Presidente y Magistrados del Tribunal Supremo, Presidente del Tribunal Constitucional, etc...) en que conoce y un ulterior recurso, la Sala Segunda del Tribunal Supremo.




Expediente a tres jueces de Barcelona por coacciones a un - El País

elpais.com/diario/1989/.../portada/617493602_850215.ht...
27 Jul 1989 Expediente a tres jueces de Barcelona por coacciones a un procesado. ... entre otras anomalías, "falta de sensibilidad por la dignidad de las personas ... Expediente a tres jueces de Barcelona por coacciones a un procesado ... 




1 comentario:

Anónimo dijo...

Sobre la corrupción desarrollada en los años ochenta por parte del fiscal general del Estado y el propio Tribunal Supremo, el libro que se presenta no deja de ser un documento extraordinario (según palabras de diferentes críticos). Por mi parte, creo que el libro adolece de ciertos datos que son necesarios para la contextualización de los hechos. Pese a tener participación en su redacción creo que el libro está incompleto.