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domingo, 7 de marzo de 2010

JOSÉ LUIS NÚÑEZ CLEMENTE. "EX INSPECTORES DE HACIENDA" CONTRA "INSPECTORES ACTUALES". EL DERBI.

XLVI. JUICIO A LA CORRUPCIÓN EN LA DELEGACIÓN DE HACIENDA DE BARCELONA.

Rafael del Barco Carreras

Sesión 4-03-10. Tres semanas de enfrentamiento entre tres “actuales jefes e inspectores de Hacienda” por la fiscalía y abogacía del Estado, y tres “en excedencia jefes e inspectores de Hacienda” por Núñez y Navarro.
Comparecen los peritos: D. VICTOR MORENA ROY, D. JESUS MOYANO, Dª. MARIA FUENSANTA LÓPEZ , D. JORGE SARRÓ RIU, D. JOSE RAMÓN DOMÍNGUEZ RODICIO y D. LUIS MANUEL ALONSO GONZÁLEZ

Currículums brillantísimos. Tensión al máximo hasta oírse en la sesión del día 3 la palabra PREVARICAR. Adjunto en www.lagrancorrupcion.blogspot.com el acta oficial del 3-03-10.
El día 4 se inició con frases de distensión. José Ramón Domínguez Rodicio, tras contestar al abogado defensor, catedrático Manuel Serra Domínguez, su acostumbrada primera pregunta “titulación académica y profesional”, elogió el gran estudio pericial de sus ex colegas, aunque no compartiera ninguna de sus tesis, añadió. Asesor fiscal, auditor de cuentas, licenciado en Derecho, inspector de Hacienda años 1980, subdirector general Hacienda, profesor de Hacienda Pública, ex consejero del Banco de Crédito Local y del Banco Hipotecario de España.
Se lució. Los delitos y pedidos años de cárcel convertidos en flores y medallas. Con excelente oratoria justificó y hasta elogió la operativa de NÚÑEZ Y NAVARRO. La creación de una sociedad para cada obra. Las compraventas entre esas sociedades que al materializarse en escrituras públicas no buscaban beneficios fiscales ni menos ocultaban su operativa, sino más bien optimizaban los controles contables, y sobre todo la relación crediticia con los bancos, por ejemplo dijo, con Caixa de Cataluña y su crédito TOTAL. La mecánica de SETEINSA, que lejos de actuar de banco ejercía de consulting y gestión con sus propios empleados para las demás sociedades del grupo. La inexistencia de dos contabilidades puesto que fiscalmente cada una de las sociedades tenía la propia y presentaba sus liquidaciones a Hacienda, sobre las que actuaron unos 50 inspectores. Si los terrenos se consideraban inmovilizado fijo o existencias, los desahucios y su coste, la reinversión de beneficios, los precios de mercado aplicados en las auto compraventas, o la tributación que en operaciones concretas excedía a la que hubiera correspondido sin esa operativa revalorizadora. Los alquileres y la voluntad del legislador desde la Ley Larraz de 1940, terminando con una lección magistral sobre Historia y Filosofía de la Hacienda Pública.
Lo más interesante: la justificación de los inspectores y actuarios actuantes con una exposición del funcionamiento de Hacienda desde antes de la gran reforma fiscal de 1978 con las Juntas de Evaluación Global (recaudación por sectores de actividad económica) que en la práctica apenas necesitaban inspecciones de Hacienda (aunque también las hubiera) hasta la actualidad que decía no tiene nada que ver ni con la Hacienda y criterios de 1990, contemplados en este juicio, y menos con la reforma de 1995, la informatización o los “planes de inspección”, pero continuando entre los “técnicos” hasta hoy el gran debate sobre estas mismas tesis. Un gallinero.
El fiscal con la gesticulada broma de “me ha noqueado”, abreviando, dijo, preguntó entre otras sobre el porqué no se acogieron al Régimen Consolidado, y sobre comprobaciones a terceros en las inspecciones de los acusados, y con varias evasivas respuestas de “no contemplado en su peritaje”, pasó los trastos al abogado del Estado, con más de lo mismo sobre el mal llamado “grupo” y sus presuntos delitos.
Cabría añadir que puesto que Núñez no podía RECALIFICAR sus terrenos, al igual que los ayuntamientos con sus políticos y banquero-inmobiliarios corrompiendo el mercado (un mercado que pasados los 2000 produciría hasta el triple de su posibilidad de venta, y que cuanto menos vendía y más pisos acumulaba, más subían los precios, ¿alguien lo entiende?) hasta la gran quiebra del País, él compraba o “permutaba por obra futura” terrenos ya “construibles” REVALORIZANDO con esas compraventas entre sociedades propias. Precio final escriturado; costes, margen de ganancia e intereses de un hipotético (puesto que en teoría se pagaba a sí mismo) aplazamiento de pago. Cada obra una filigrana contable, jurídica y fiscal, y ¡las hay a centenares! El nuevo valor escriturado, o garantizaba el crédito total en cajas y bancos, o mal pensando, cuando emitía pagarés sería para garantizar otro dinero, ¿del entorno del Barsa y su elitista palco?





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