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martes, 15 de enero de 2008

JUICIO GRAN TIBIDABO

JUICIO GRAN TIBIDABO
14 DE ENERO DEL 2008
¡VISTO PARA SENTENCIA
!

Rafael del Barco Carreras

Visto y no visto. El juicio que se prometía el más largo y complejo de la Historia Judicial Barcelonesa, cuatro meses, se diluye en dos días, y porque al Abogado del Estado no le satisface el “arreglo”, de lo contrario con un día hubiera sobrado, y sin vista pública. Si ya que el ordenamiento jurídico permita esos pastiches en un caso tan sangrante en número de estafados y cantidades debería hacer reflexionar si no se trata más de un fraude de Ley que de verdadera Justicia, que tras los pactos por APROPIACIÓN INDEBIDA, TRES AÑOS POR 30.000 MILLONES Y 10.000 ESTAFADOS, debiéndose juzgar el “delito fiscal” se entre en discusiones sobre el “sexo de los ángeles” es de “derrame cerebral”. El célebre AL CAPONE escapándose hasta del DELITO FISCAL.
Que los abogados defensores aleguen que sobre quien ya ha admitido y pactado la estafa no se le pueda reclamar el IVA o cualquier impuesto sobre lo defraudado, se entiende. Incluso en este caso es lógico que los abogados acusadores no acepten el cargo puesto que volatizaría el saldo de 13 millones de euros, y otras menudencias, que siguen intervenidos por la “Hacienda” que los reclama, mermando las escasas posibilidades de UN MÍNIMO cobro para sus defendidos, la ZANAHORIA de la discusión. Pero que Fiscalía utilice el mismo argumento que las defensas o acusaciones privadas en contra del Abogado del Estado, raya LA FALACIA. El Ministerio Público no puede argumentar a favor del reo que como éste ya pagará por la estafa, TRES AÑOS, ¡pues ya está bien!. Este caso no es el de una empresa que robada no puede pagar sus impuestos, o que pueda o no deducir lo robado de su cuenta de PERDIDAS Y GANANCIAS. Aquí, quien se lleva el dinero es el ADMINISTRADOR, y no es que debiera pagar por su aumento de patrimonio, o impuestos por lo robado, sino que al vaciar la caja deja de pagar al ESTADO lo que a la empresa por él administrada se reclama o reclamará, la liquidación del impuesto de sociedades del año 1991. Al vaciar, descapitalizar la empresa, roba no solo a los accionistas sino también a sus acreedores, o sea, el ESTADO, por lo tanto estamos ante un verdadero DELITO FISCAL, además del de ESTAFA, con algún agravante por la importancia de lo defraudado y su repercusión social, y otros delitos olvidados en la instrucción y pactos. Otro cantar es que la propia HACIENDA, o sus responsables, sea culpable del ESTROPICIO, y la responsabilidad civil subsidiaria deba alcanzar a esa Institución y sus dirigentes.
Si en mi ingenuidad creí que el juicio me desvelaría un poco porqué pasé tres años preventivo en el Caso Consorcio de la Zona Franca, 1980 - 1983, puesto que tres de los acusados enlazaban con aquellos años, Javier, su secretario Arturo Piñana y el firmón Ramón Fiter, no solo me quedaré sin satisfacer mi curiosidad, sino que encima oigo como el fiscal defiende encarnizadamente la inocencia de Javier de la Rosa, y al hilo su abogado Jufresa lo convierte en la víctima de la dilación de los catorce años con la tortura de sus otras causas. ¡Un insulto utilizar la palabra tortura ante quien pasó TRES AÑOS en AQUELLA MODELO!.
Se perdió pues toda esperanza de saber quien y cómo le regalaron 30.000 millones para que se los pateara…y lo más importante con quien repartió…sus verdaderos cómplices, porque los del banquillo solo son algunos de sus pocos “empleados” y “hombres de paja”… que hasta de estos “colaboradores” necesitó muchísimos más para tanto “trabajo” realizado en 1991 vaciando las muchas empresas KIO y destrozando Gran Tibidabo.
Y de entre el pastiche distingo a su abogado FRANCÉS JUFRESA, que también lo fue mío, y que ni de lejos obtuvo para mí tan lustrosos resultados. ¡CHAPÓ!, sin paliativos, redundante, tal como suena en castellano, y que a su altura de vida y carrera defienda a favor y en contra del ESTADO, según convenga a su bolsillo y a LOS SOCIALISTAS, su “cotarro”, en varios países DEMOCRÁTICOS además de impedírselo las INCOMPATIBILIDADES atentaría contra los reglamentos, la ÉTICA y la DEONTOLOGÍA PROFESIONAL, y dudo que no sea así aplicando nuestras maltratadas leyes.
Y en cuanto a MÍ, mi agravio, que ateniéndose al mismo Código Penal de 1973, le condenan a prácticamente lo mismo, pero que si no tuviera más causas podría no cumplir reales ni una mínima parte de lo que cumplí yo de PREVENTIVO, LOS TRES AÑOS, por “encubrir, sabiendo la procedencia ilícita de sus dineros” a su PADRE, EN UN DELITO que hoy, 2008, cualquier Tribunal del MUNDO le culparía a él, Javier de la Rosa, y del que sin duda yo saldría INOCENTE. Y no entro en consideraciones ajenas, a Bruna 23 años, y a Mario Conde 20.
Para mis ingenuidades el futuro me reserva el CASO HACIENDA, que vincula a los mismos personajes y alcanza los 80, sumándole OTRO BILLÓN a los Caso Consorcio, Banco Garriga Nogués, KIO o Gran Tibidabo. ¡Seguiré escribiendo por si mis nietos lo ven!.
¿Quién prevarica o prevaricó, quién comete o cometió fraude de Ley, quién y porqué SIETE MESES DE SUMARIO EN MI CASO, con la denegación de toda prueba y recurso, Y CATORCE AÑOS DE DEMORA EN EL SUYO?... ni de lejos encontraré la respuesta, aunque la tenga… ¿cuánto DINERO DEL ROBADO, ENTONCES Y AHORA, DESTINÓ AL MAGNÍFICO RESULTADO OBTENIDO?... ver www.lagrancorrucion.com




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